LABORAL

El TSJC declara improcedente el despido de una trabajadora de Mercadona que tenía "una situación previa de ansiedad"

Supermercado Mercadona
Supermercado Mercadona

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha declarado improcedente el despido de una trabajadora de Mercadona que “se había ido a un concierto estando de baja”. Según ha explicado el sindicato MAYSA, al que está afiliada la empleada, la cadena de supermercados “cuestionaba la misma baja en la carta de despido, considerando que todo fue un fraude, una situación buscada por la trabajadora para no ir a trabajar”. Sin embargo, la justicia cántabra apunta a la empresa que “más allá de que el fraude se pueda sospechar, el fraude se debe probar”, algo que Mercadona no había hecho. Por el contrario, la trabajadora sí habría demostrado su baja "y además existía una situación previa de ansiedad”, apunta el sindicato.

La decisión del TSJC sale a la luz unos días después de que el presidente del comité de empresa de Mercadona en Cantabria, Gerardo Grande, declarara en el Congreso sobre la situación que viven los trabajadores en esta empresa en cuanto a la precariedad laboral, la salud laboral y las conciliaciones.

Según ha denunciado el sindicato, Mercadona habría intentado “viciar el procedimiento en el recurso”, siguiendo “su línea mafiosa y torticera”. Ante esto, el TSJC recoge textualmente en la sentencia que “en aplicación de la doctrina expuesta al presente litigio, lo pretendido por la parte recurrente es una nueva valoración del conjunto de la actividad probatoria practicada por la demandada, plagado de su interpretación deductiva, en contra de lo concluido en la instancia (...)".

Igualmente, la sentencia indica a Mercadona que las conjeturas no restan las decisiones de un facultativo, ya que "no es contraria su actuación (asistencia y participación activa a un concierto) o incompatible, con su baja por depresión/ansiedad y tratamiento o el hecho de que se le hubieran administrado fármacos relajantes la mañana previa, cuando tampoco consta que se prescriba ni por facultativo u otra prueba, reposo absoluto de la enferma".

La conclusión del TSJC es "que no se ha producido un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones laborales de la actora por transgresión de la buena fe y abuso de confianza en el desempeño de su trabajo, ya que no toda actividad desarrollada durante la situación de IT es sancionable con el despido, sino sólo aquélla que, a la vista de las circunstancias concurrentes, en especial la índole de la enfermedad y las características de la ocupación, es susceptible de perturbar la curación del trabajador".

Para MAYSA, la sentencia “pone en su sitio a Mercadona, indicándole a la empresa que no puede hacer de juez y juradoni tampoco hacer juicios de valor sobre las competencias y decisiones de los facultativos”, además de demostrar a la empresa que “no está por encima de la ley y que tendrá que respetar le guste o no el marco legal existente”.

El sindicato ha criticado igualmente que la empresa “se jacta de que es la que mejor trata y mayor remuneración da a sus empleados”, pero “penaliza a sus trabajadores enfermos, las adaptaciones de puesto las realizan los médicos de empresa y no los servicios de prevención ajenos, adaptaciones condicionadas a que luego el Coordinador de tienda las quiera cumplir”. “Esta es la realidad de Mercadona que se intenta desvirtuar poniendo al despido improcedente ganado el añadido de ‘concierto’, convirtiendo así a Mercadona en una pobre víctima cuando la verdad es otra muy diferente”.

“El titán de la distribución que tiene abierto en Cantabria un expediente sancionador por las evaluaciones de riesgos psicosociales y por tener todo el sistema preventivo sin gestionar apunta con el dedo a los trabajadores y los acusa de fraude, cuando la que atenta contra su propia plantilla es la empresa al no cumplir con los mecanismos de salud”, ha denunciado MAYSA en un comunicado, lamentando que “en cambio se criminaliza al trabajador y se pone en duda el criterio de los magistrados y al facultativo que expidió la baja, quedándonos sólo con el acto social, sin analizar el trasfondo ni contrastando la información”.

Y es que, como ha explicado la organización, la trabajadora es “una veterana más de las que persigue esta mercantil, la cual ha sufrido, entre otras cosas, la gran acumulación de tareas que hay en los centros y el goteo constante de despidos, sometida al miedo de no poder coger una baja para no sufrir represalias”.

El sindicato muestra sus sospechas de que Mercadona “ha pasado los umbrales de lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que podría existir un posible ERE encubierto”. Para finalizar, y ante la “avalancha de demandas” contra la empresa que, aseguran, “van a entrar en los juzgados sobre materia de conciliación”, el sindicato “espera y confía” en que “se trate con dureza estas agresiones de la empresa sobre los derechos de los trabajadores con unas sentencias ejemplares”.