TRIBUNALES

Año y medio de cárcel por vender heroína en Torrelavega

Audiencia Provincial de Cantabria
Audiencia Provincial de Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año y medio de prisión y al pago de una multa de 300 euros a un hombre al que la policía encontró 19 envoltorios de heroína que guardaba en el interior de los calzoncillos cuando caminaba por Torrelavega. En una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Sección Tercera de la Audiencia considera al condenado autor de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño.

Según el relato de los hechos, el hombre fue observado por agentes de la policía nacional cuando se encontraba hablando con otra persona. Al ver a estos, el acusado y el otro hombre se separaron y marcharon en direcciones opuestas. Al ser interceptado por la policía, el ahora condenado fue cacheado, y se le encontraron 19 envoltorios termosellados con un peso total de 7,03 gramos de heroína.

A continuación, se realizó un registro en su vivienda, que él mismo autorizó, y se encontró una balanza de precisión y dos bolsas, iguales que las que contenían la droga, que el acusado utilizaba para confeccionar las papelinas que luego vendía. La Audiencia considera probados estos hechos, entre otros motivos, por el lugar en el que guardaba la droga y por lo encontrado en la vivienda.

"Que el acusado vendía y no compraba", argumento que usó en su defensa, "lo acredita el hecho de que escondiera en lugar tan recóndito la bolsa, que esta contuviera un número tan elevado de papelinas y que además le ocuparan más de 50 euros encima, producto de las ventas del día", explica la sentencia. Además, el hallazgo en su vivienda de la balanza y de las mismas bolsas que las que contenían la droga "descarta toda la tesis defensiva de que fue el acusado el comprador".

Por otro lado, la cantidad de papelinas que llevaba consigo -19 dosis- "supera el aprovisionamiento para autoconsumo que prevé la jurisprudencia del Tribunal Supremo" -15 dosis-. Finalmente, explica la Audiencia que en atención a la escasa cantidad de droga que le fue intervenida, el escaso valor que tiene en el mercado y las circunstancias personales del acusado -carece de empleo-, se le ha aplicado el subtipo atenuando previsto en el Código Penal.