SANTANDER

Acusan al Ayuntamiento de restringir permisos de paternidad a Policía, Bomberos y Movilidad

Ayuntamiento de Santander
Ayuntamiento de Santander

El sindicato CSIF ha acusado al Ayuntamiento de Santander de restringir el disfrute de permisos de paternidad a efectivos de la Policía Local, Bomberos y agentes de Movilidad.

Además, CSIF ha presentado un escrito para revocar una instrucción del Ayuntamiento en este sentido con el fin de evitar "un aluvión de procedimientos judiciales con el coste que ello conlleva", ha informado en un comunicado.

Según el sindicato, la norma "perjudica" al personal con horario especial, como son bomberos, policías locales y agentes de Movilidad, a la hora de disfrutar el derecho a sus permisos de maternidad, adopción y paternidad.

El delegado de CSIF en la Policía Local de la capital cántabra, Manuel Garzón, ha denunciado que el Consistorio "recorta el tiempo efectivo de crianza de estos trabajadores que, a menudo, además, se ven obligados a meter horas extraordinarias para prestar servicio público, lo que produce un agravio comparativo entre compañeros al vulnerar derechos individuales".

El "malestar" surge a raíz de una instrucción de la Concejalía de Personal y Protección Ciudadana que únicamente permite el disfrute de "las horas equivalentes a 50 días laborales y 20 de descanso en función de cuál sea la jornada del trabajador afectado durante las últimas 10 semanas de los citados permisos (de 16 semanas de duración)". De este modo, los empleados que desempeñen jornadas de 7 u 8 horas no se verán afectados, pero sí quiénes trabajan más por la especial naturaleza de sus funciones, "ya que ahora le restan del permiso todas las horas correspondientes a esos turnos de trabajo más largos", ha explicado Garzón.

Así las cosas, ha criticado que la instrucción "tan solo se basa" en un único fallo de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictada en una demanda de conflicto colectivo en el ámbito de una entidad mercantil.

Es decir, se trata de una sentencia que, a su juicio, "no es extrapolable per se al ámbito de la Administración Pública, ya que implicaría obviar lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público".

La norma, asimismo, contraviene lo establecido en diferentes fallos del Juzgado de lo Contencioso Administrativo, tanto de fecha anterior como posterior "a la única sentencia que, curiosamente, ha resultado de interés para el concejal de Personal Pedro José Nalda", ha señalado.

Por ello, Garzón ha advertido que en casos idénticos a éste, la justicia ha dado la razón a los trabajadores que también han sido "perjudicados" por otras administraciones públicas en cuanto al disfrute de forma ininterrumpida de sus últimas 10 semanas de permiso. De hecho, "la actitud impositiva" de la Concejalía podría ocasionar una "pérdida patrimonial" para los vecinos de Santander.

Como ejemplo, ha señalado que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Valencia, de 7 de marzo de este año, además de dar la razón al recurrente en cuanto al disfrute de las semanas ininterrumpidas, condenaba al Ayuntamiento demandado a abonar la suma de 3.000 euros en concepto de indemnización de los daños y perjuicios morales ocasionados.

"La pelota, ahora, está en el tejado del Consistorio", ha zanjado Garzón.