CONSUMIDORES

Denunciados cuatro parques de atracciones en España por no impedir la entrada con comida y bebida

Atracciones

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a cuatro parques de atracciones españoles por una medida que consideran una cláusula abusiva: prohibir el acceso con comida y bebida del exterior. No es la primera vez que este tema salta a la actualidad, ya que en 2024 el Defensor del Pueblo ya se pronunció sobre el mismo en una línea muy similar a la de la organización.

En concreto, la asociación pone el foco en Port Aventura, Isla Mágica, Terra Mítica y el Parque Warner. Los cuatro, siempre según FACUA, obligan a los visitantes a consumir dentro de sus instalaciones, donde los precios están muy por encima de los que marca el mercado.

PRECIOS DENTRO Y FUERA

Para FACUA, si se toma como referencia una familia de cuatro personas, solo en comida y bebida se pueden superar los 100 euros en una sola jornada en cualquiera de estos parques. A esto hay que sumar los precios de las entradas, que no son precisamente bajos, y los posibles extras como un pase rápido para evitar colas en las atracciones. En el caso del Parque Warner, por ejemplo, la entrada general vienen a ser unos 47 euros, mientras que el bono de pase rápido, dependiendo de cuál se elija, puede llegar a costar hasta 65,90 euros. Unos precios relativamente similares a los de, por ejemplo, Port Aventura.

El contraste está con lo que se puede encontrar a escasos minutos de la entrada de estos parques. Normalmente, los supermercados más cercanos tienen agua y bocadillos a precios muy inferiores, por lo que la asociación considera que la política de estos espacios de ocio no se ajusta a criterios de higiene o seguridad, sino que se debe exclusivamente a motivaciones económicas.

ACCIONES SANCIONADORAS

En base a todo esto, desde FACUA consideran que, dado que ahora el Ministerio de Consumo tiene competencias sancionadoras, “debería intervenir, debe evaluar estas prácticas y emprender acciones sancionadoras contra los parques de atracciones que prohíben acceder con comida y bebida”, señala Rubén Sánchez, secretario general de la asociación, en declaraciones a Cadena SER.

La denuncia que ahora presenta la organización se apoya en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), cuyos artículos 82.1, 86.7 y 89.4 prohíben las cláusulas que limiten derechos de forma desproporcionada o impongan servicios no solicitados.

No solo eso, sino que FACUA ha tomado como referencia otros parques en toda Europa. Así, desde Disneyland París hasta el Parc Astérix (ambos en Francia), pasando por Europa-Park (Alemania), permiten introducir comida y bebida siguiendo unas determinadas condiciones.