TRIBUNALES

Los hosteleros llevan a los tribunales la reducción del horario de cierre en Torrelavega

La hostelería en Cantabria solo puede servir en las terrazas
La hostelería en Cantabria solo puede servir en las terrazas

La Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la reducción en dos horas del horario de cierre de algunos negocios del sector en Torrelavega y ha solicitado la suspensión cautelar de la resolución del Gobierno regional que la aprueba.

La Asociación entiende que el término 'reglamentariamente' "obliga a regular por decreto y no por resolución de un consejero"

En su recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, al que ha tenido acceso Europa Press, la Asociación muestra su disconformidad con la resolución de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, publicada el pasado 10 de enero en el Boletín Oficial de Cantabria, que aprueba la solicitud del Ayuntamiento por considerarla "viciada de nulidad y lesiva para los intereses legítimos" del sector al reducir el horario habitual de algunos establecimientos "en las dos horas de máxima actividad".

Además, justifica la solicitud de la suspensión cautelar de la medida señalando que al tener la resolución recurrida un periodo de validez de seis meses, "es previsible que en ese plazo ya se hayan desplegado todas las consecuencias dañosas" para los establecimientos afectados (los incluidos en los grupos B y C de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente contra la emisión de ruidos y vibraciones así como de los bares mixtos).

ARGUMENTOS

Entre otros motivos señalados en el recurso, la Asociación de Hostelería sostiene que la resolución aprobada adolece de "cobertura legal" por cuanto la Ley de Espectáculos de Cantabria "no prevé la posibilidad de reducción de horarios" (sí la ampliación). Además, señala que en esta norma se indica que "solo reglamentariamente se pueden alterar los límites horarios" y la Asociación entiende que el término 'reglamentariamente' "obliga a regular por decreto y no por resolución de un consejero".

También aprecia la Asociación "falta de precisión en cuanto al ámbito territorial afectado" cuando se indica que la modificación introducida afecta al Boulevard Ronda de Torrelavega. "El término Boulevard Ronda es un término coloquial pero jurídicamente debe huir de dicha fórmulas como 'zona de vinos', 'zona de playas'... y citar las calles y los números de las mismas en cuya ubicación se encuentren los establecimientos afectados".

La Asociación de Hostelería sostiene que "se están imponiendo unas medidas graves y restrictivas en cuanto al normal ejercicio de la actividad"

También considera que en la resolución hay una "falta de motivación suficiente" para lo que se aprueba, subrayando que en el expediente "no consta una sola resolución firme sancionadora". Además, como otro de los motivos, la Asociación alude a la "falta de proporcionalidad y adecuación de la medida".

"La resolución propone una reducción general del horario de cierre, o lo que es lo mismo una restricción al cierre ordinario de trabajo, que viene a afectar a 50 establecimientos de Torrelavega. Pudiera ser razonable la medida si hubiera alguna prueba de culpabilidad en los 50 pero no la hay o si se hubieran agotado las medidas sancionadoras ordinarias para hacer cumplir la norma pero tampoco hay constancia de una sola sanción firme", ha indicado.

La Asociación de Hostelería sostiene que "se están imponiendo unas medidas graves y restrictivas en cuanto al normal ejercicio de la actividad a numerosas empresas que no tienen responsabilidad alguna, despreciando el uso de las medidas sancionadoras que permite la Ley de Espectáculos, que permiten la suspensión de licencias o su retirada".

Señala que "la mayoría" de los establecimientos disponen por obligación reglamentaria de un limitador acústico conectado con el Ayuntamiento, lo que -dice- permite conocer directamente la posible alteración de los límites sonoros registrados en cada establecimiento y en cada momento. "Pues bien, no hay constancia de que se haya registrado una sola alteración de los límites acústicos en el establecimiento.

Y en cuanto a la falta de adecuación de la medida, defiende que "las medidas adecuadas son las previstas en la Ley de Espectáculos", las cuales "no se han utilizado". Además, apunta a que "tampoco consta un refuerzo o plan de actuación de las policías locales para evitar problemas" como, según la Asociación, se hace ordinariamente cuando hay o se intuye un foco de riesgo o cuando se prevé la posible confrontación o alteración del orden. "No constan superados los medios policiales ordinarios y tampoco consta que se hubiera intentado o diseñado un plan ordinario de actuación".

Para la Asociación, la medida "no es adecuada" porque, según considera que "se demostró en la época del Covid", el cierre de establecimientos o su reducción de horarios "derivó en botellones en los espacios públicos, acumulando en la calle no solo a los habituales, sino a los que no pueden estar en los establecimientos a consecuencia de su cierre anticipados".

También apunta a que, dado que la resolución recurrida, tiene un alcance de 6 meses -lo que incluye parte de la temporada de verano, puentes y Semana Santa-, "lo que hace que los daños que se producen al reducir la jornada de apertura al público de la actividad, suponen evidentemente unos daños y perjuicios muy importantes".

Advierte que ello conllevaría a la necesidad de reducir plantilla e incluso el cierre de la actividad al no haber margen posible de rendimiento de una inversión. "Estamos ante daños evidentes, indefinidos, graves e irreparables, cuya compensación consecuentemente es imposible o al menos muy difícil", asevera. Además, y haciendo alusión a la ponderación de intereses, sostiene que con la suspensión de la resolución "no se deja indefenso ni al Ayuntamiento ni a los vecinos.

HORARIOS

Según la resolución del Gobierno de Cantabria recurrida ahora por la Asociación de Hostelería, los establecimientos del grupo B (pubs, whiskerías y locales asimilados) deberán cerrar como máximo a la 1:30 de la madrugada en invierno y a las 2:30 en verano.

Mientras, el horario de cierre para los del grupo C (discotecas, salas de fiesta y de baile con espectáculos) queda establecido en las 3:00 de la madrugada en invierno y las 4:00 en verano, y los bares mixtos podrán abrir hasta la 1:00 en invierno y a las 2:00 en época estival.