MUNICIPAL

Abierto el plazo para solicitar las bonificaciones de agua, alcantarillado y basuras

Camión de recogida de basuras de Torrelavega | Foto- Lalo Cuevas
Camión de recogida de basuras de Torrelavega | Foto- Lalo Cuevas

El Ayuntamiento de Torrelavega ha abierto desde hoy martes y hasta el 31 de marzo el plazo de solicitud de bonificaciones del agua, alcantarillado y recogida de residuos sólidos urbanos. Las solicitudes se pueden recoger en las oficinas de Aguas Torrelavega, en la calle La Viña 4 bajo, y se deben presentar cumplimentadas en el Registro Municipal ubicado en la calle Marqués Santillana 14 Bajo (en El Zapatón).

Para poder optar a estas ayudas, los beneficiarios deben cumplir los requisitos de ser jubilado, pensionista o estar acogido al subsidio de desempleo; estar empadronado en el domicilio para el cual se solicita la bonificación; y no superar los 900 euros de ingresos por todos los conceptos de la unidad familiar/convivencia. Asimismo, deben carecer de bienes propios, salvo la vivienda que ocupen; titularidad de un solo vehículo con potencia fiscal inferior a 16 caballos fiscales; y tener un consumo inferior a 30 metros cúbicos la primera persona y 15 metros cúbicos más a partir de la segunda persona.

La documentación que deben acompañar todos los solicitantes es la siguiente: declaración de miembros de la unidad familiar, autorización firmada del interesado las personas mayores de 18 años para que el Ayuntamiento pueda recabar datos tributarios en la Agencia Tributaria al nivel de Renta (IRPF) y en el Servicio de Empleo Público sobre situación actual y prestaciones económicas, último recibo del agua, D.N.I. e ingresos que se perciban de la Seguridad Social por cualquier concepto, prestaciones, Ingreso Mínimo Vital, etc.

Los jubilados y pensionistas deberán adjuntar notificación del Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre revalorización de pensiones para el año 2022 tanto del solicitante como del cónyuge. Si éste último no percibe pensión, aportará un certificado negativo o justificante de otras pensiones.

En todo caso, las personas que residan en el domicilio, mayores de 18 años, deberán justificar documentalmente los ingresos que perciban o su situación laboral, según proceda (nóminas trabajo por cuenta ajena, declaración trimestral/anual actividad empresarial/autónomo, etc.), ha informado el Ayuntamiento en nota de prensa.