TRIBUNALES

Ratifican que Nestlé debe pagar el complemento de antigüedad a fijos discontinuos desde el inicio de la relación laboral

Trabajadores de Nestlé
Trabajadores de Nestlé

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha ratificado la sentencia que el pasado diciembre reconoció el complemento de antigüedad desde el inicio de la relación laboral a la plantilla fija discontinua de Nestlé, tras la denuncia de la sección sindical de CSIF a la que se añadió la Federación de Industria de Comisiones Obreras de Cantabria.

En una sentencia, dictada en febrero y difundida este miércoles, el TSJC desestima el recurso que interpuso la compañía tras el fallo del Juzgado de lo Social número 4 de Santander, que dio la razón al sindicato y declaró el derecho al complemento de años de servicio -antigüedad- computando toda la duración de la relación laboral desde el primer contrato de los trabajadores, y no solo en función de los días de alta al personal fijo discontinuo de Nestlé.

Hasta el momento de la resolución judicial, la empresa comenzaba a pagar el complemento por años de servicio a este personal en el momento en el que llegaban a tener cumplidos cuatro años de prestación efectiva de servicios, en una práctica empresarial que la sección sindical de CCOO en Nestlé La Penilla siempre ha calificado de "contraria a derecho".