JUSTICIA

Exoneran a una santanderina de pagar una deuda de casi 30.000 euros tras entrar en ERTE por el Covid

Dinero
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Un juzgado de Santander ha exonerado de pagar una deuda de casi 30.000 euros a una santanderina que pasó a ser insolvente tras verse afectada por el estado de alarma decretado por el Gobierno central en marzo de 2020 por la pandemia del Covid.

La ya exdeudora acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento que ha sido quien ha llevado el proceso que permite la Ley de Segunda Oportunidad que ha acabado con la exoneración de la deuda.

Según ha explicado en un comunicado esta asociación, la mujer había acumulado varios préstamos y tarjetas con varios bancos y entidades financieras. A pesar de tener, según la asociación, "unos ingresos estables que le permitían pagar, aunque con dificultades, sus deudas", la pandemia "descuadró" la economía de esta mujer.

El estado de alarma hizo que su empresa iniciara un procedimiento de regulación temporal del empleo (ERTE) que provocó que la afectada viera reducida su jornada laboral hasta el 80% del total con la consecuente caída de sus ingresos.

Tras ello, y ante las dificultades para llegar a fin de mes, la mujer optó por realizar "pequeños impagos" con lo que su deuda iba aumentando a causa de los intereses, según la asociación, "desorbitados" que ésta tenía que pagar.

Cada vez más acreedores comenzaron a reclamar el pago de la deuda a la afectada que, tras ser conocedora de la Ley de Segunda Oportunidad, decidió interesarse por su funcionamiento y solicitó ayuda en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Al comprobar que cumplía todos los requisitos, los abogados de la asociación le recomendaron declararse insolvente y acogerse al procedimiento.

La presentación del primer escrito, conocido como preconcurso, hizo que los acreedores no pudieran reclamar ningún pago y tampoco iniciar embargo alguno hasta que la deudora propusiera un plan de pagos a estos, mínimo durante tres meses.

Dicha propuesta se envió a todos los bancos pero no fue aceptada, si bien ya quedó constancia por escrito y en documento público que la afectada había intentado pagar algo de la deuda a pesar de ser insolvente. Tras esto, los abogados de la asociación presentaron la demanda de concurso de acreedores en el juzgado, haciendo mención al intento de acuerdo propuesto sin éxito. En la misma solicitud se pidió directamente el perdón del total de deuda pendiente.

Esta petición fue aprobada el pasado 25 de enero por el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Santander en una sentencia consultada por Europa Press, contra la que cabía recurso de reposición.

REQUISITOS QUE MARCA LA LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

Para acogerse al procedimiento, la Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha recordado que es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Entre ellos, figura la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado los últimos cinco años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Esta resolución dictada el pasado enero concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a la deudora deudora libre de 29.675,67 euros.

Desde entonces, los acreedores de la asociada no pueden reclamar ningún pago más a la ya exdeudora ni incluirla en ficheros de morosos, ha informado en un comunicado la asociación.