CANTABRIA

El EMCAN amplía la tramitación electrónica

Ya no hará falta desplazarse a las distintas oficinas del EMCAN, sino que se comunicará por Internet los datos de obligada presentación.

Oficina de empleo
Oficina de empleo

El Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) ampliará la tramitación electrónica a todas las gestiones relacionadas con la comunicación de los contratos de trabajo, eliminado la comparecencia en las oficinas de empleo para una serie de trámites que deberán realizarse a partir de ahora a través de Internet.

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicará este lunes, día 28, la orden que amplía la tramitación electrónica del EMCAN, según informa el Gobierno de Cantabria.

Esta nueva orden modifica a la anterior, que regula en Cantabria el procedimiento para la comunicación electrónica de los contratos de trabajo y sus copias básicas en vigor desde el pasado año.

Las empresas o sus representantes ya no se desplazarán a las distintas oficinas del EMCAN, sino que comunicarán por Internet los datos de obligada presentación a través de un formulario de la aplicación denominada 'Contrat@'.

De esta manera, por este medio telemático se deberán transmitir las transformaciones en indefinidos de contratos temporales, los llamamientos a la actividad de personas trabajadoras con contratos fijos discontinuos, los pactos de horas complementarias, así como los acuerdos de subrogación que se formalicen.

La notificación de la terminación de los contratos de trabajo para las modalidades en prácticas y para la formación y el aprendizaje, mientras exista tal obligación y para aquellos otros que por normativa legal o convenio colectivo así se recoja expresamente, también se realizará exclusivamente a través de medios electrónicos.

Para el uso de la aplicación, los usuarios de este servicio tendrán que solicitar previamente la autorización, con validez en todo el territorio nacional, a través de 'Contrat', en conexión con el portal del Servicio Público de Empleo estatal.

Desde el Servicio Cántabro de Empleo se señala que con esta modificación se actualizan a los medios actuales las necesidades y exigencias para el debido cumplimiento por parte de los sujetos obligados a la comunicación de datos, que recoge el vigente texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores de 2015, ganando eficacia y eficiencia.

Esta orden, de adaptación a las nuevas posibilidades que la aplicación electrónica permite, entrará en vigor en el plazo de mes de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.