LABORAL

Condenan a Bridgestone a readmitir e indemnizar a dos trabajadores que tenían contratos temporales en fraude de ley

Entrada a la fábrica de Bridgestone en Puente San Miguel
Entrada a la fábrica de Bridgestone en Puente San Miguel

El Juzgado de lo Social número tres de Santander ha condenado a la empresa Bridgestone en Puente San Miguel a readmitir e indemnizar a dos trabajadores que tenían contratos temporales en fraude de ley.

La sentencia, difundida este viernes, estima las demandas interpuestas por los empleados afectados, representados por el sindicato independiente BUB. En un comunicado destaca que el fallo ha tenido como efecto adicional la conversión en indefinidos de otros 18 operarios temporales contratados igualmente en fraude de ley y sin necesidad de un proceso judicial.

En el caso de los dos que sí acudieron a los tribunales, fueron despedidos días después de que reclamaran ante el ORECLA, el Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales, por contratación en fraude de ley, puesto que firmaron un contrato temporal por una obra concreta en la que nunca participaron, siendo empleados en la actividad normal de la factoría. Ante esta reclamación, la empresa optó por despedir tanto a los reclamantes como a otros tres trabajadores que tenían idéntico contrato en las misma condiciones.

 

CONDUCTA VENGATIVA DE LA EMPRESA

En su sentencia, el titular del Juzgado de lo Social aprecia "conducta vengativa" de la compañía hacia los dos empleados, no sólo por la inmediación entre la reclamación y el despido, sino también por el hecho de que otros tres operarios que no reclamaron fueron en cambio recontratados pocos días después de la extinción. Y además, mientras los implicados continuaron despedidos la empresa seguía incorporando a más personal con idéntica categoría que la suya y para el mismo departamento.

Según el fallo, las prácticas de la multinacional --con más de 450 personas en plantilla en la planta cántabra de Puente San Miguel-- "no son propias del siglo XXI", y critica en este sentido que "la empresa de modo consciente y directo hace saber a sus trabajadores que es mejor no reclamar sus derechos y conviene aquietarse".

Por ello, el juez condena a Bridgestone no sólo a readmitir a los trabajadores con el abono de los salarios dejados de percibir, sino también al pago de una indemnización adicional de 20.000 euros a cada uno por el daño psicológico y moral que el despido ilícito les provocó.

ABUSO DE PODER

El sindicato BUB cree que este tipo de actuaciones "ponen de manifiesto el abuso de poder de un empleador de gran dimensión, como es Bridgestone, el cual envía el mensaje claro a sus trabajadores de la ausencia de cabida en la empresa de aquellos que decidan defender sus derechos, tratando de imponer la cultura del miedo". "Son los primeros compañeros que se convierten en fijos desde el año 2008, pero es lamentable que haya tenido que ser derivado de una sentencia judicial" lamenta la formación, que asegura que tras este fallo "los trabajadores no deben tener miedo a reclamar sus derechos y no pueden ser despedidos por ello".