JUSTICIA

Anulada la sanción a un guardia civil de Cantabria expedientado por violación del secreto profesional

Guardia Civil
Guardia Civil

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha anulado la sanción impuesta a un guardia civil de Cantabria que se enfrentó a un expediente disciplinario interno por una falta grave, en concreto por violación del secreto profesional.

La Benemérita sancionó al efectivo en cuestión con la pérdida de diez días de haberes con suspensión de funciones, resolución ratificada por la ministra de Defensa. Agotada la vía administrativa, el Tribunal Militar Central anuló y revocó la sanción, extremo que ha ratificado ahora el TS, que rechaza el recurso de la Abogacía del Estado.

La sentencia del alto tribunal, consultada por Europa Press, reproduce los hechos probados por el órgano militar, según los cuales sobre las 13:10 horas del 22 de mayo de 2019 la Guardia Civil detuvo en Mompía (Santa Cruz de Bezana) a un hombre que fue trasladado a las dependencias del puerto de Santoña, donde quedó ingresado para pasar a disposición judicial por posibles delitos contra el patrimonio.

Minutos después una mujer contactó con el agente que fue expedientado, que en ese momento se encontraba de servicio en la Unidad Orgánica de la Policía Judicial, para manifestarle que había pasado algo "grave" y que habían "secuestrado" a su hijo, y que aunque decían que eran "policías" no había "visto uniformes" aunque "alguno iba encapuchado". El guardia civil le respondió que no le constaba el arresto y que lo iba a consultar.

A continuación, se entrevistó con un teniente, jefe accidental de la UOPJ que estaba en las dependencias y al que preguntó si la Unidad estaba haciendo algo en Mompía, extremo que negó su superior.

De regreso a su puesto de trabajo, realizó una consulta en un portal interno, buscando por el nombre del detenido, tras lo cual mantuvo una segunda entrevista en el despacho de Santoña, al que cuestionó si los hechos podrían ser en Santoña.

El jefe intentó comunicarse por WhatsApp con el oficial a cargo de dicho puesto, y el guardia explicó a su superior por qué tenía interés en conocer el asunto -la llamada de la madre y el temor de que fuera un secuestro-.

Entre tanto, esta mujer contactó de nuevo con el agente y le comunicó que ya sabía que su hijo estaba arrestado y que no se preocupara más por el asunto.

El Supremo rechaza el recurso del abogado del Estado y ratifica la sentencia del Tribunal Militar, concluyendo que "para que se pueda sancionar a alguien por la violación de dicho secreto deba acreditarse el hecho de la violación en primer lugar y, en segundo lugar, la participación culpable en ella, más allá de cualquier duda razonable de la persona a quien se pretenda sancionar".